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Por orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 3 de junio de 1988, quedó reconocida, con carácter provisional, la Denominación de Origen para los vinos obtenidos en la comarca del Bierzo.
El Consejo Regulador queda expresamente autorizado para vigilar el movimiento de las uvas, mostos y vinos no protegidos por la Denominación de Origen que se elaboren, comercialicen o transiten dentro de la zona de producción.
Su ámbito de competencia estará determinado:
- En lo territorial, por la respectiva zona de producción y crianza.
- En razón de los productos, por los protegidos por la Denominación.
- En razón de las personas, por las inscritas en los diferentes registro.
“Consejo Regulador de la Denominación de Origen Bierzo”
www.crdobierzo.es
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